Descargos de responsabilidad

Pueden aplicarse deducibles y copagos

El envío gratuito está incluido para pedidos estándar de suministros para diabéticos de 90 días u otros envíos estándar de productos. Diabetes DME LLC realiza envíos dentro de los 50 Estados Unidos, así como a Puerto Rico (solo envío estándar) y direcciones militares APO/FPO de EE. UU. (solo envío estándar). No enviamos pedidos a nivel internacional.

La información contenida en este sitio web es estrictamente para fines informativos y educativos y no debe considerarse como un consejo, médico o de otro tipo, de Diabetes DME LLC. Siempre consulte a su médico sobre cualquier pregunta médica que tenga y antes de comprar o ajustar cualquier medicamento, equipo médico o suministros de prueba que considere que pueden tener un efecto en su condición de salud actual.

Normas para Proveedores de DMEPOS de Medicare

Nota: Esta es una versión resumida de las normas que todo proveedor de DMEPOS de Medicare debe cumplir para obtener y mantener sus privilegios de facturación. Estas normas, en su totalidad, se encuentran en 42 C.F.R. 424.57(c).

  1. Un proveedor debe cumplir con todos los requisitos reglamentarios y de licencia federales y estatales aplicables.
  2. Un proveedor debe proporcionar información completa y precisa en la solicitud de proveedor de DMEPOS. Cualquier cambio a esta información deberá ser reportado a la Cámara Nacional de Compensación de Proveedores dentro de los 30 días.
  3. Una persona autorizada (cuya firma sea vinculante) debe firmar la solicitud de privilegios de facturación.
  4. Un proveedor debe completar los pedidos de su propio inventario o debe contratar con otras empresas la compra de los artículos necesarios para completar el pedido. Un proveedor no puede contratar con ninguna entidad que esté actualmente excluida del programa Medicare, de cualquier programa estatal de atención médica o de cualquier otro programa federal de adquisiciones o no adquisiciones.
  5. Un proveedor debe informar a los beneficiarios que pueden alquilar o comprar equipos médicos duraderos económicos o adquiridos habitualmente, y sobre la opción de compra de equipos de alquiler con límite.
  6. Un proveedor debe notificar a los beneficiarios sobre la cobertura de la garantía y cumplir con todas las garantías según la ley estatal aplicable, y reparar o reemplazar sin cargo los artículos cubiertos por Medicare que estén bajo garantía.
  7. Un proveedor debe mantener una instalación física en un sitio apropiado.
  8. Un proveedor debe permitir que CMS o sus agentes realicen inspecciones en el sitio para determinar el cumplimiento de estos estándares por parte del proveedor. La ubicación del proveedor debe ser accesible para los beneficiarios durante horarios comerciales razonables y debe mantener un letrero visible y un horario de atención publicado.
  9. Un proveedor debe mantener un teléfono comercial principal listado bajo el nombre de la empresa en un directorio local o un número gratuito disponible a través de asistencia de directorio. Está prohibido el uso exclusivo de buscapersonas, contestador automático o teléfono celular.
  10. Un proveedor debe tener un seguro de responsabilidad integral por un monto de al menos $300,000 que cubra tanto el lugar de negocios del proveedor como a todos los clientes y empleados del proveedor. Si el proveedor fabrica sus propios artículos, este seguro debe cubrir también la responsabilidad del producto y las operaciones realizadas.
  11. Un proveedor debe aceptar no iniciar contacto telefónico con los beneficiarios, con algunas excepciones permitidas. Esta norma prohíbe a los proveedores llamar a los beneficiarios para solicitar nuevos negocios.
  12. Un proveedor es responsable de la entrega y debe instruir a los beneficiarios sobre el uso de los artículos cubiertos por Medicare y conservar el comprobante de entrega.
  13. Un proveedor debe responder preguntas y quejas de los beneficiarios, y mantener documentación de dichos contactos.
  14. Un proveedor debe mantener y reemplazar sin costo alguno o reparar directamente, o mediante un contrato de servicio con otra compañía, los artículos cubiertos por Medicare que haya alquilado a los beneficiarios.
  15. Un proveedor debe aceptar devoluciones de artículos de calidad inferior (menos que la calidad total para el artículo en particular) o inadecuados (inapropiados para el beneficiario en el momento en que fueron instalados, alquilados o vendidos) de los beneficiarios.
  16. Un proveedor debe divulgar estos estándares de proveedor a cada beneficiario a quien le suministra un artículo cubierto por Medicare.
  17. Un proveedor debe revelar al gobierno cualquier persona que tenga intereses de propiedad, financieros o de control en el proveedor.
  18. Un proveedor no debe transmitir ni reasignar un número de proveedor; es decir, el proveedor no puede vender ni permitir que otra entidad utilice su número de facturación de Medicare.
  19. Un proveedor debe tener establecido un protocolo de resolución de quejas para abordar las quejas de los beneficiarios que se relacionan con estos estándares. Se debe mantener un registro de estas quejas en la instalación física.
  20. Los registros de quejas deben incluir: el nombre, dirección, número de teléfono y número de reclamo de seguro médico del beneficiario, un resumen de la queja y cualquier acción tomada para resolverla.
  21. Un proveedor debe aceptar proporcionar a CMS cualquier información requerida por el estatuto de Medicare y las regulaciones de implementación.
  22. Todos los proveedores deben estar acreditados por una organización de acreditación aprobada por CMS para poder recibir y conservar un número de facturación de proveedor. La acreditación debe indicar los productos y servicios específicos para los cuales el proveedor está acreditado para que pueda recibir el pago de esos productos y servicios específicos (excepto ciertos productos farmacéuticos exentos).
  23. Todos los proveedores deben notificar a su organización de acreditación cuando se abre una nueva ubicación de DMEPOS.
  24. Todas las ubicaciones de proveedores, ya sean propias o subcontratadas, deben cumplir con los estándares de calidad de DMEPOS y estar acreditadas por separado para poder facturar a Medicare.
  25. Todos los proveedores deben revelar al momento de la inscripción todos los productos y servicios, incluida la incorporación de nuevas líneas de productos para las cuales buscan acreditación.
  26. Debe cumplir con los requisitos de fianza especificados en 42 CFR 424.57(c).
  27. Un proveedor debe obtener oxígeno de un proveedor de oxígeno con licencia estatal.
  28. Un proveedor debe mantener la documentación de pedidos y referencias consistente con las disposiciones que se encuentran en 42 CFR § 424.516(f).
  29. Un proveedor tiene prohibido compartir un lugar de práctica con otros proveedores y proveedores de Medicare.
  30. Un proveedor debe permanecer abierto al público durante un mínimo de 30 horas por semana, excepto los médicos (como se define en la sección 1848(j)(3) de la Ley) o fisioterapeutas y terapeutas ocupacionales o un proveedor de DMEPOS que trabaje con aparatos ortopédicos y prótesis hechos a medida. .